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NEGOCIOS CON EL ESTADO 

Se puede hacer negocios con el estado que varían dependiendo de la modalidad de ejecución (para la ejecución de obras como por administración directa, contrata, obras por impuesto, APP, nucleos ejecutores). 

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POR CONTRATA

Las personas que deseen realizar trabajos para el estado, se tiene dos formas que las entidades contraten la adquisición de bienes o prestación de servicios de terceros (que no laboran en la entidad, persona natural o jurídica).

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  1. Adquisición directa; para aquellos montos que no excedan las 8 unidades impositivas tributarias ( UIT). En estos casos generalmente se realizan 03 cotizaciones (cuando es menor de 03 UIT depende de cada entidad, algunas entidades tienen sus directivas en las que indican cuantas cotizaciones hacer) que es manejado por la oficina de abastecimiento quien otorga la buena pro al que ofrece el menor precio.

  2. Procesos de selección; para aquellos que superan las 08 UIT`s se realizan publicando a través del SEACE puede ingresar a través de la pagina de.

 

CONTRATACIÓN A TRAVÉS DEL SISTEMA ELECTRÓNICA DE CONTRATACIONES DEL ESTADO (SEACE)

OBJETO DE CONTRATACIÓN

  • Bien, adquisición de bienes (materiales de construcción, útiles de escritorio, vestuario, equipos, mobiliario, etc.), en el RNP debe indicar como Proveedor de bienes.

  • Consultoria de obraelaboración de expediente técnico, en el RNP debe indicar Consultor de obras, en ella se tiene la especialidad (saneamiento, represas, edificaciones, obras viales, etc., tambien se encuentra la categoria (A, B,...)

  • Obra, ejecución física de obra, en el RNP debe indicar como Ejecutor de obras, tambien encontrara alli la capacidad maxcima de contratación.

  • Servicio, en el RNP debe indicar como Proveedor de servicios.

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REQUISITOS

  • Registro Nacional de Proveedores (RNP),se tramita en la OSCE previo pago en el banco, es requisito indispensable para contratar con el estado.

  • REMYPE, se puede inscribirse a través de la pagina web del Ministerio de Trabajo, es opcional, estar inscrito permite a la micro y pequeña empresa se tiene en cuenta en caso de empate y a su vez el proveedor podrá solicitar el descuento del 10% como garantía en lugar de presentar la carta fianza, el monto retenido serán devueltos a la conformidad del servicio.

  • Otros que se indican en las bases (Terminos de referencia, Capacidad del postor, requisitos de los profesionales, experiencia del postor y profesionales, documentos e información que deben presentar que deben presentar, etc.).

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PROCESOS DE SELECCIÓN

A través de la pagina de la OSCE (luego botón SEACE) encontrara los procesos de los Gobiernos locales, regionales y Nacional, podrá buscar por entidad, fecha, objeto (Bien, consultoria de obra, obra y servicio), descripción del objeto o por búsqueda avanzada en la que podrá buscar por ubicación y fechas (1). Podrá ingresar sin clave Sol o con clave Sol para búsqueda y registro en el proceso.

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De otorgarse la buena pro, deberá estar pendiente, en el botón ver listado de ítem podrá ver como postor su razón social y el estado ADJUDICADO, cuando cambie a estado CONSENTIDO corre el plazo para que entregue los documentos y firme su contrato, de vencido el plazo para que se de el CONSENTIMIENTO de la buena pro (estado CONSENTIDO) perderá la buena pro, los plazos para dar el consentimiento, entrega de documentos, firma de contrato se indican en las bases).

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Nota: Uno de los problemas que a veces se tiene es que el plazo limite de presentación de propuestas que se muestra en la pagina del SEACE es diferente a lo que esta en las bases, 

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OBRAS POR IMPUESTO Y ASOCIACIÓN PUBLICO PRIVADA

Las entidades publicas se benefician debido a que la empresa privada se encarga de la elaboración del expediente técnico y del financiamiento de la ejecución de la obra, el financiamiento es como un adelanto del pago de sus impuestos a la renta de Tercera Categoria. Los Gobiernos Regionales, Locales y Universidades publicas pagan el financiamiento sin intereses a cuenta de susrecursos de canon, sobrecanon, regalias, renta de aduanas y participaciones y el Gobierno Nacional con cargo a sus recursos ordinarios.

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En la pagina de PROINVERSION encontrara información sobre las obras por impuesto y las asociaciones publico privadas, ademas encontrara información sobre clima de inversiones, como establecer una empresa, guía de inversión, régimen tributario, aduanero, etc.

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OBRAS POR IMPUESTO

Creada por Ley 29230para agilizar la ejecución de proyectos de inversión publica.

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Son obras ejecutadas por empresa privadas. los proyectos deben ser viables en el marco del Invierte Pe, proyectos como; Agua y desagüe, Albergues, Caminos vecinales, Canales de irrigacion, Carreteras, Centros educativos, Centros educativos, Defensas ribereñas, Electrificacion, Esparcimientos, Hospitales, Mercados, Pistas y veredas, Planta de tratamiento de aguas residuales, Plantaciones forestales, Puentes, Rellenos sanitarios, Seguridad ciudadana, Teatros,  Telecomunicaciones, Turismo, Viveros forestales, 

 

Pasos:

Para Entidades Publicas:

1. Priorizar proyectos: 

  • GR/GL/UP, acuerdo de Consejo

  • GN, Resolución del Titular

2. Formar Comite Especial

  • Elaboran las bases del estudio

  • Inician la búsqueda de empresas financiadoras

3. Solicitar informe previo a la Contraloria General de la República 

  • Informe Legal

  • Informe Financiero

  • Informe Técnico

  • Proyecto de bases

  • En GN Certificación prespuestal

Debe ser emitido por la Contraloria antes de iniciar el proceso de selección

4.  - Convocar proceso de selección de la Empresa Privada y Entidad Privada Supervisora.

     - Evaluar propuestas y otorgar la Buena Pro

5. Suscribir convenio de inversión con la Empresa Privada y contrato con la Entidad Privada Supervisora

6. Ejecución de la obra a cargo de la Empresa Privada

7. Emitir conformidad de recepción, previa Conformidad de calidad por parte de la Entidad Supervisora.

8. Solicitar emisión del Certificado de Inversión Publica Regional y Local (CIPRL) o Certificado de Inversión Publica Gobierno Nacional ((CIPGN) al Ministerio de Economía y Finanzas, el cual debe ser otorgado dentro de los 6 días de recibida la solicitud.

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Para Empresas Privadas

1. Identificar un proyecto de su interés de la lista de proyectos otorgados por las entidades publicas (Gobierno Regional, Local, Universidades Publicas o Gobierno Nacional).

2. Presentarse al proceso de selección. En caso de ganar,

3. Suscribir convenio de Inversión con la Entidad Publica.

4. Elaborar o modificar el Expediente Técnico.

5. Ejecutar el proyecto previa aprobación del Expediente Técnico.

6. Culminar y entregar la Obra. Con la conformidad de calidad de la obra de la Entidad Privada Supervisora y la conformidad de recepción, la Entidad Publica solicita la emisión de CIPRL / CIPGN.

7. Utilizar el CIPRL / CIPGN (valor de la obra), en su impuesto a la renta.

 

La empresa privada puede presentar un proyecto nuevo (estudio de preinversion), la Entidad Publica de estar de acuerdo lo declara viable en el Marco del Invierte Pe y lo prioriza.

Un CIPRL / CIPGN, es el instrumento por el cual se reconoce el monto invertido por las empresas en proyectos para ser descontado del Impuesto a la Renta de Tercera Categoría.

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Se recomiendan la ejecución de proyectos de alto impacto social que incorporen componentes de sostenibilidad y soluciones integrales.

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ProInversion, así como el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento vienen fomentando y se recomienda hacer participe a estas entidades, sea para realizar una Asociación Publica Privada u Obra por impuesto.

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Los Gobiernos Regionales y Locales que ejecuten proyectos a través de la modalidad de Obras por Impuestos, están obligados a registrar en el Sistema Electrónico de las Contrataciones del Estado (SEACE) la convocatoria y las bases, la absolución de consultas y observaciones, integración de bases, evaluación de propuestas y otorgamiento de la Buena Pro. (Reglamento de la Ley Nº 29230, artículo 40)

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El Ministerio de Economía y Finanzas ha publicado documentos estandarizados, los mismos que pueden descargar desde su pagina Web, como por ejemplo:

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  • Modelo de carta de iniciativa privada para formulación de proyecto - Anexo 2

  • Modelo de carta de iniciativa privada para actualización de proyecto - Anexo 3

  • Modelo de bases del proceso de selección de empresa privada - Anexo 12

  • Modelo de bases del proceso de selección de la Entidad Privada Supervisora - Anexo 13

  • Modelo de acta de evaluación y calificación de propuestas - Anexo 19

  • Modelo de oficio de solicitud de emisión de CIPRL o CIPGN - Anexo 30

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Pagina web: https://www.obrasporimpuestos.pe/

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ASOCIACIÓN PUBLICO PRIVADA (APP)

Obras ejecutadas por empresa privada, bajo la modalidad de concesión, operación, gerencia, joint venture u otra permitida por la ley. La empresa obtiene sus beneficios en la fase de funcionamiento del proyecto. 

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Algunas áreas con potencial de inversiones descentralizadas en APP y proyectos en activos (2)

 

Ámbito Regional:

Colegios, pequeñas centrales hidroeléctricas, proyectos inmobiliarios, parques tecnológicos, carreteras de trafico importante, hospitales, infraestructura productiva, aeródromos, centros comerciales, reforestacion productiva, puertos fluviales y lacustres, proyectos productivos, electrificacion rural e infraestructura turística.

 

Ámbito Local:

Clínica / botica municipal, semaforizacion, limpieza publica y relleno sanitario, empresas de saneamiento, gestión tributaria, mercados de abastos, terminales terrestres, centros financieros, turismo y recreacion, camales, cementerios, seguridad ciudadana, control de ruidos, control de gases tóxicos, proyectos inmobiliarios, estacionamiento vehicular, servicios higiénicos y centros comerciales.

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Se clasifican por:

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Según aporte:

  • Autofinanciadas o Sostenible, la empresa privada aporta el 100% de la inversión, el proyecto genera ingresos necesarios para recuperar la inversión y cubrir los gastos de operación y mantenimiento.

  • Cofinanciadas, el proyecto demanda recursos en efectivo del estado o demanda garantías financieras y/o no financieras , para hacerlas atractivas a la empresa privada.

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Fases:

El Decreto Supremo Nº 240-2018-EF, que aprueba el Aprobación del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, publicada en el diario El Peruano el 25 de noviembre del 2018 señala las fases, ademas que es financiamiento y que no es cofinanciamiento, etc.

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Fases para las iniciativas estatales.

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* En los artículos 60 y 61 se señalan las reglas especiales y procedimiento del proceso simplificado para iniciativas estatales cuyo costo total del proyecto sea inferior a 15,000 UIT y aquellos en las que el costo total de inversión o costo total del proyecto sea superior a 50,000 UIT y que no contengan el componente de inversión.

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Fases para iniciativa privada.

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Ventajas:

  • Sostenibilidad de proyectos

  • Los riesgos del proyecto se comparten con la empresa privada

  • Mejora la calidad de los servicios.

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PAgina web: http://www.proyectosapp.pe/

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(1) http://prodapp2.seace.gob.pe/seacebus-uiwd-pub/buscadorPublico/buscadorPublico.xhtml

(2) Proyectos en activos se refiere a la transferencia de inmuebles o recursos así como a la creación de infraestructura o dotacion de servicios no publicos.

(3) Taller Obras por impuestos y APP

APP fase Iniciat estatal.png
APP Fase iniciativa privada.png
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